Comenzaré siendo directo,
no hay tal derecho, salvo que lo entendamos únicamente en un sentido de
"derecho positivo", aquello que la ley te faculta. No obstante, la
despenalización y/o legalización del aborto (no son lo mismo), o dicho en otros
términos, "la interrupción del embarazo", aunque no pueda ser
considerada un derecho, sí debiera ser
una prestación de servicios derivada de otros derechos subjetivos, en este
caso, de los derechos sexuales y reproductivos y, en especial, el derecho de la autonomía.
Sostengo que el
verdadero derecho que está en juego en la interrupción voluntaria del embarazo,
es el de la autonomía. Ahora bien, quienes se oponen a la práctica del aborto,
argumentan que el "derecho a la vida", del concebido no nacido, es de
un orden superior al de la autonomía de la mujer embarazada. Aquí, cabe señalar
que ningún derecho es absoluto, debido a que siempre habrán circunstancias
particulares que hay que evaluar para la ponderación de los mismos, así, dar
muerte en guerra o en defensa propia, puede ser aceptado en esas circunstancias.
Claro, parece ser esto una “falsa analogía”, pues considerar estos casos
similares a la interrupción del embarazo es un abuso, pero al menos, sirvan hasta
este momento tan sólo para ejemplificar que el derecho a la vida tampoco es
absoluto.
Por ende –en el aborto
voluntario– la confrontación de derechos está entre el derecho a la autonomía
(decidir sobre su propio cuerpo) y el derecho a la vida, ahora bien, con
respecto a que el derecho a la vida es superior, “la filósofa norteamericana
Judith Jarvis Thomson sostienen que aún si se concede que el feto es una
persona con derecho a vivir, de allí no se sigue que dicho derecho le dé
derecho a disponer del cuerpo de la mujer”(1). En otras palabras, mientras no
se dispongan de formas de extraer al embrión de la mujer y ponerlo en
condiciones ideales para la continuación del desarrollo, la mujer continúa
teniendo posesión sobre su propio cuerpo, no sobre el cuerpo del embrión, que
de esto se siga que el embrión morirá, es cierto, pero no es la intención
directa de la mujer, ella simplemente no quiere continuar con un embarazo en su
cuerpo, aquí la analogía del asesinato por defensa propia puede cobrar algún
sentido, al menos en el hecho de que la intención del homicida no es matar al
otro, sino salvaguardar su propia vida. En este caso, la decisión de someterse
a un aborto, no implica necesariamente querer matar a un embrión, sino no
continuar con dicho embarazo en su propio cuerpo.
El otro argumento común
es querer responsabilizar a la mujer de su conducta sexual, asumiendo que si la
relación fue consensuada, entonces debe continuar el embarazo, ya que nadie la
obligó a tener relaciones sexuales con resultados indeseados. En este caso,
bajo la misma lógica punitiva, moral y tradicional, entonces tampoco se debiera brindar servicio médico
público a personas con infecciones sexuales, y entonces, o bien, que
simplemente continúen con la enfermedad porque nadie los obligó, o bien, que se
paguen particularmente el tratamiento, y no con recursos públicos. Nuevamente
nos encontramos ante una analogía no del todo afortunada, sin embargo, son
precisamente quienes buscan obligar a una mujer a continuar un embarazo, como
medida de “castigo moral” (¡que se haga cargo de su acto!) quienes llevan a un
plano de obligación lo que no tiene por qué serlo.
En cuanto al estatuto
ontológico del embrión humano, es decir, la pregunta filosófica sobre si es el embrión
ya una persona, considero que no es así, salvo que nos convirtamos al materialismo
más radical, como para considerar que una célula o conjunto de ellas, son ya
una persona, independientemente de sus atributos y funcionalidades existenciales
actuales. Ahora bien, quienes consideran a los embriones personas humanas en
sentido pleno, tienen una gran tarea mediática, política y legal para liberar a
cientos de miles de personas que están congeladas en las clínicas de
reproducción asistida, dado que la crioconservación de embriones es una
práctica común y legal en nuestro país, sin embargo, no escucho a nadie
preocupado por esa situación, claro, quizá no sólo sea ignorancia, sino que
como se produjeron por el consentimiento de los dueños de los gametos, y con la
intención de ser llevados a desarrollo, entonces sí les parece moral, ya que
aunque la gran mayoría se congelan o simplemente se desechan, la intención
original era que fueran desarrollados. ¡Kant estaría maravillado con la buena
voluntad de quienes aportaron los gametos!, aunque claro, después hayan
decidido sólo tener un hijo y congelar indefinidamente al resto.
(1)
Valdés, Margarita. El problema del
aborto: tres enfoques en “Bioética y Derecho, fundamentos y problemas actuales”.
Ed. Fontamara. México. 2012. P.p. 179.